La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado al futbolista Rafa Mir, actualmente jugador del Elche CF y exfutbolista del Valencia CF, a ocho años y medio de prisión por un delito de agresión sexual y otro de lesiones cometidos en septiembre de 2024. La sentencia, que todavía no es firme, impone al delantero siete años de cárcel por la agresión sexual y otros 18 meses por las lesiones causadas a la víctima.
La resolución judicial, dada a conocer este lunes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, considera acreditados los hechos ocurridos el 1 de septiembre de 2024 en la vivienda del jugador situada en la urbanización Torre en Conill, en Bétera.
Junto a Rafa Mir, también ha sido condenado su amigo Pablo Jara, a quien la Audiencia de Valencia impone una pena de dos años de prisión por agresión sexual y otros seis meses por un delito contra la integridad moral.
De la detención al juicio
El caso se remonta al 3 de septiembre de 2024, cuando Rafa Mir fue detenido por la Guardia Civil acusado de un presunto delito de agresión sexual. Un día después, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Llíria acordó su puesta en libertad con cargos, aunque le impuso medidas cautelares como la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar el territorio nacional y una orden de alejamiento de 500 metros respecto de la denunciante.
Durante la fase de instrucción surgieron contradicciones sobre las primeras manifestaciones realizadas por la víctima. En febrero de 2025, dos vigilantes de seguridad de la urbanización donde ocurrieron los hechos declararon que la denunciante habló desde el primer momento de acceso carnal ante los agentes que acudieron al lugar, una versión distinta a la reflejada inicialmente en algunos informes policiales.
Posteriormente, en octubre de 2025, el futbolista fue procesado por un delito de agresión sexual cometido, según el auto judicial, “empleando violencia”. El juicio oral se celebró en mayo de 2026, cuando la Fiscalía solicitó una condena de diez años y medio de prisión para el delantero.
Indemnizaciones y posible falso testimonio
La sentencia establece además medidas de protección para la víctima. En el caso de Pablo Jara, deberá mantener una distancia mínima de 500 metros respecto a ella durante los próximos cinco años. Asimismo, ha sido condenado a indemnizarla con 280 euros por las lesiones causadas y con 6.000 euros por los daños morales sufridos.
Otro de los aspectos destacados de la resolución es la decisión de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia de deducir testimonio por un posible delito de falso testimonio contra agentes de la Policía Local de Bétera que intervinieron tras los hechos.
Según recoge la sentencia, los policías manifestaron que las denunciantes les habían trasladado inicialmente que las relaciones fueron consentidas. Sin embargo, esta versión difería de la mantenida posteriormente por las víctimas tanto durante la instrucción como en el juicio oral, circunstancia que ha llevado al tribunal a solicitar que se investigue la actuación de los agentes.
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