La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears contra el Real Decreto 905/2025. La sentencia declara la nulidad de pleno derecho de la norma estatal y condena a la Administración General del Estado al pago de las costas.
El Supremo estima el recurso de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por la Comunitat Autònoma de les Illes Balears contra el Real Decreto 905/2025, de 7 de octubre, de modificación de la normativa estatal relativa a la creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios. La sentencia declara la nulidad de pleno derecho de esta norma y obliga a la Administración General del Estado al pago de las costas del procedimiento.
El recurso fue promovido por la Conselleria d’Educació i Universitats, que cuestionó tanto la tramitación como determinados contenidos del decreto estatal. La parte recurrente alegó que la norma se aprobó por la vía de urgencia sin que esta circunstancia estuviera suficientemente justificada.
Críticas al procedimiento y al contenido del decreto
En relación con el procedimiento de elaboración, el recurso sostenía que no se habían llevado a cabo algunos de los trámites de consulta previstos, entre ellos el trámite de consulta pública. Según la demanda, esta omisión vulneraba la normativa aplicable en materia de elaboración de disposiciones generales.
Respecto al contenido, la Comunitat Autònoma de les Illes Balears defendió que la norma resultaba perjudicial para las islas al introducir exigencias como la de superar los 4.500 estudiantes matriculados a los seis años de actividad y la obligación de disponer de alojamiento para el 10 % de las plazas. El recurso argumentaba que estos requisitos ignoraban el factor de insularidad y la población de cada territorio y atribuían a las universidades funciones que, a su juicio, no les corresponden.
Falta de motivación y vulneración de la consulta pública
La resolución judicial considera que el acuerdo de tramitación urgente del Real Decreto 905/2025 no estaba debidamente motivado. Además, concluye que la omisión del trámite de consulta pública vulneraba la legislación aplicable en el procedimiento de aprobación de la norma.
Por estos motivos, el Tribunal Supremo acuerda la anulación íntegra del Real Decreto 905/2025. La sentencia declara la nulidad de pleno derecho del decreto y condena a la Administración General del Estado al pago de las costas del procedimiento.
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