La sesión constitutiva del Parlament se convocará en un plazo máximo de 30 días después de la proclamación oficial de los resultado electorales del 28 de mayo, que será previsiblemente este viernes.
Según ha informado este lunes el Parlament en un comunicado, a partir de ahora comienzan los plazos contemplados en el Estatut d’Autonomia de Baleares y en el Reglamento del Parlament.
En la sesión constitutiva, los diputados electos se constituirán en asamblea y presidirá una persona que será asistida por otras dos en calidad de secretarios, que conformarán la Mesa de edad.
Posteriormente, se hará lectura de los recursos contencioso-electorales interpuestos y se indicarán los diputados que pudieran resultar afectados.
Acto seguido, se procederá a la elección de la Mesa del Parlament, en la que los representantes de las formaciones políticas presentes en la Cámara podrán proponer a sus candidatos. Para esta mesa, se elegirá primero al presidente en votación por mayoría absoluta y, si no la obtiene, en segunda votación por mayoría simple.
Después, se elegirán a los vicepresidentes primero y segundo de forma simultánea, de modo que resultarán elegidas, por orden sucesivo, las dos personas con mayor número de votos. Por último, se elegirán a los secretarios primero y segundo de la misma manera.
A continuación, los integrantes de la nueva Mesa del Parlament ocuparán sus puestos y el presidente electo prestará el juramento de acatar la Constitución y el Estatut d’Autonomia de Baleares. Una vez lo haya hecho, solicitará que lo hagan el resto de diputados, que serán llamados por orden alfabético, tras lo que quedará constituido el Parlament.
Dentro de los 15 días siguientes a la sesión constitutiva, el presidente del Parlament, previa consulta con los portavoces designados por los partidos o grupos políticos con representación parlamentaria, propondrá a la Cámara un candidato a la Presidencia de la comunidad autónoma.
En la sesión de investidura, si la persona candidata propuesta obtiene el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los miembros de la cámara, se entenderá otorgada la confianza. Si no la obtuviera en la primera votación, se procederá a otra, pasadas 48 horas, y la confianza se entenderá otorgada si obtiene mayoría simple.
En el caso de que la Cámara no otorgue la confianza en estas votaciones, se tramitarán propuestas sucesivas, y si transcurrido el plazo de 60 días, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiera obtenido la confianza del Parlament, éste quedará automáticamente disuelto y se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones.
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