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Absueltas cuatro personas acusadas de mutilar a varios perros y gallos en una finca de Son Ferriol

por Redacción Mallorca Informa | 17 Abr, 2024 | Actualidad, Destacadas, Justicia, Palma, Sucesos

Fiscal y acusación popular pedían para los cuatro penas de prisión e inhabilitación temporal de tenencia de animales

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Palma ha absuelto a cuatro personas inicialmente acusadas de maltrato animal por mutilaciones a varios perros y gallos en una finca de Son Ferriol, en Palma.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan al 19 de noviembre de 2021, cuando agentes del Seprona tuvieron conocimiento de una posible actividad de cría, comercialización y venta ilegal de perros y gallos de pelea en el interior de una finca.

De acuerdo a las fotografías aportadas por los agentes, se apreciaba la existencia de tres zonas en la finca y, en las dos primeras, se presumía la existencia de un criadero de perros en aparentes malas condiciones higiénico-sanitarias. La tercera albergaba jaulas denominadas ‘galletas’ con gallos en su interior y otras jaulas más pequeñas. Tampoco se descartaba la existencia de cachorros o un posible criadero.

Ante ello, se solicitó entrada y registro en la finca, que se llevó a cabo el 25 de noviembre de 2021. En el interior se encontraron 56 perros adultos y cachorros de las razas american bully, chihuahua y bulldog francés; 39 pitbulls y otros 16 chihuahuas, además de un centenar de gallos de pelea encerrados en jaulas individuales, una yegua, un poni, un cerdo vietnamita y palomas.

Del total, a uno de los acusados se le intervinieron seis perros de su propiedad con las orejas cortadas; a otro, cuatro perros de su propiedad con orejas y rabos cortados, y a otro acusado se le intervinieron dos perros jóvenes con orejas y rabos cortados.

Estos animales, según cita el fallo, habían sufrido un menoscabo en su integridad física dadas las mutilaciones, no estando ninguna de ellas amparadas por ningún certificado veterinario y por causa de necesidad, además de estar prohibidas en la ley de protección de animales.

A otro de los procesados, además, se le intervinieron 50 gallos de su propiedad. La mayoría de ellos presentaba amputaciones de cresta y barbilla, a uno le faltaba el ojo izquierdo y dos de los ejemplares presentaban lesiones compatibles con peleas. Tampoco estas mutilaciones estaban amparadas en ningún certificado.

Los animales incautados fueron depositados en las instalaciones de la Fundación Natura Parc.

Con todo, la sentencia señala que no ha quedado acreditado que las mutilaciones descritas hubieran sido realizadas por los acusados o terceras personas con su conocimiento o consentimiento.

Durante el juicio, todos los acusados, que reconocieron la titularidad de los animales intervenidos, negaron haber practicado las mutilaciones y también haber autorizado a otros que las hicieran.

También negaron que se dedicaran a comerciar con ellos. De hecho, tres de los procesados –los de los perros– dijeron –cada uno– que solo habían tenido una camada y que los cachorros que criaron no tenían mutilaciones.

Por su parte, el otro acusado explicó que tenía los gallos de pelea como hobby, que los compró poco a poco ya mutilados, que los enviaba a Jerez de la Frontera para exhibiciones y que no comerciaba con ellos.

Además, dijo que los que él había criado tenían cresta y que pertenecía a la Federación andaluza de defensores del gallo combatiente español, de la que aportó el carné.

Por su parte, un veterinario, en calidad de testigo, contó al tribunal que los acusados eran clientes desde 2006 y que nunca había llevado a cabo por encargo de ellos mutilación de orejas o rabo a los perros.

Otra declarante explicó que los perros que tenían las orejas cortadas fueron comprados así y que algunos de los perros nacen sin cola. Y en el mismo sentido se expresaron otros testigos, en este caso familiares y cercanos de los acusados, negando las mutilaciones.

Por su parte, agentes de la Guardia Civil, que sí afirmaron que los perros estaban en malas condiciones, también dijeron que no encontraron instrumental en la finca para llevar a cabo mutilaciones y que los animales mutilados eran los de edad adulta.

En relación a los gallos, uno de los agentes dijo que en determinadas comunidades autónomas está permitido el “encare” y las exhibiciones.

De su lado, una trabajadora de Natura Parc ratificó un informe en el que se concluía que no se podía determinar si las hembras habían sido sobreexplotadas, y que en los perros mutilados por el corte de orejas y rabo no se había detectado afectación auditiva ni motora.

También testigos de la Conselleria de Agricultura ratificaron un informe, en cuyas consideraciones se destacaba que las irregularidades apreciadas y constatadas eran meramente constitutivas de infracciones administrativas. Añadieron, a preguntas de la defensa, que habían participado en el registro de la finca y que no encontraron instrumental para mutilaciones.

En el mismo sentido, el perito veterinario dijo haber acudido al registro y no encontrar evidencias de que los acusados hubieran podido practicarlas, sino solo antisépticos y antibióticos que podían usarse para curar heridas.

A la vista de lo expuesto, la jueza concluye que no han quedado acreditados los hechos en los que se sostiene la acusación. En relación a las mutilaciones de los perros, refiere que no se puede demostrar que ninguno de los acusados las llevara a cabo ni que un tercero las realizara por ellos.

En cuanto a los gallos, la magistrada considera que tampoco queda en absoluto acreditado que las mutilaciones las llevara a cabo su propietario.

Por consiguiente, procede a la libre absolución de los cuatro acusados, para quienes Fiscalía pedía, a cada uno, 11 meses de cárcel por delitos de maltrato grave e inhabilitación para la tenencia de animales durante tres años.

De su lado, la acusación popular, ejercida por la Asociación balear de Abogados por la defensa de los animales, vio en los hechos tres delitos continuados –uno referido a los perros, otro a los gallos, y otro al poni y al cerdo vietnamita– de maltrato animal, y pedía para cada uno de los procesados un año de prisión y tres de inhabilitación para la tenencia de animales.

Contra la resolución absolutoria cabe recurso que deberá ser presentado ante el Juzgado.

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