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Consumo multa con 150 millones a Ryanair, easyJet, Vueling y Volotea por cobros en equipaje de mano

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Un avión de la aerolínea easyJet en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. - Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
Un avión de la aerolínea easyJet en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. - Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una multa de 150 millones de euros a Ryanair, easyJet, Vueling y Volotea por “prácticas abusivas” al cobrar el equipaje de mano.

La sanción, que se ha hecho pública este viernes, está basada en las infracciones de tarificación extra por la reserva de asiento contiguo para acompañar a menores o dependientes, cobrar por el transporte de equipaje de mano, ser “opacas” en la información precontractual sobre el precio del servicio, la prohibición de pago en metálico y un suplemento de 20 euros por reimpresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto, según ha informado OCU.

Desde la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) consideran que esto “perjudicará a los consumidores” al suprimir la opción de los pasajeros de contratar exactamente lo que necesiten. Por tanto, quienes viajan solo con el equipaje debajo del asiento “no podrían beneficiarse” de menores costes.

Desde Facua explican además de que la mayor sanción ha ido para Ryanair, primera de estas compañías que comenzó a cobrar por el equipaje de mano en noviembre de 2018. Tras ella se sitúan Vueling y “a mucha mayor distancia” easyJet y Volotea.

Se trata de las primeras multas impuestas por la autoridad de Consumo del Gobierno de España desde que asumió la potestad sancionadora en mayo de 2022 tras la modificación de la ley general para la defensa de los consumidores.

Además, las sanciones “son también las más altas que ha aplicado en la historia una autoridad” de protección de los consumidores, según recalca Facua, que incide en que la impuesta a Ryanair “multiplica por mucho” las mayores sanciones.

Consumo abrió expediente en junio de 2023 para investigar si estas prácticas eran abusivas o desleales y si contravenían la normativa de consumo.

Ahora, las aerolíneas pueden recurrir estas sanciones en casación ante el Ministerio y, después, ante la Audiencia Nacional.

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