Seleccionar página

Un Juzgado de Palma condena a una clínica por intentar obligar a una trabajadora a solicitar que le redujeran la jornada

por Redacción Mallorca Informa | 16 Jun, 2024 | Destacadas, Islas Baleares, Justicia, Sucesos

El Juzgado de lo Social número 4 de Palma ha condenado a una franquicia de clínicas odontológicas por intentar obligar a una trabajadora a solicitar una reducción de jornada y despedirla alegando motivos disciplinarios cuando se negó y comunicó que se había asesorado con un abogado.

El juez declara nulo el despido y obliga a la empresa a readmitir a la trabajadora, que ha sido asistida en el proceso por el laboralista Luis Fernández Pallarés. El Juzgado además le reconoce una indemnización de 25.000 euros por los daños causados. La sentencia, consultada por Europa Press, también impone las costas a la empresa.

La trabajadora –que encadenaba dos contratos temporales– tenía una jornada a tiempo parcial de 35 horas. A mediados de enero de 2023, la dirección de recursos humanos le dijo que “por motivos organizativos” tenía que reducirse la jornada a 20 horas.

La empresa deberá indemnizar con 25.000 euros a la trabajadora por vulnerar sus derechos

La empleada manifestó que no estaba de acuerdo con el cambio, pero que lo asumiría si no había otra opción. Entonces, la empresa le indicó que hiciera un escrito a mano, de su puño y letra, haciendo constar que era ella quien solicitaba la reducción. La trabajadora se negó.

Después mantuvo otra conversación con un superior, en la que éste mantuvo la presión para que firmara una solicitud de reducción de jornada. El responsable le reconoció que era una práctica habitual en la empresa y que lo hacían precisamente para sortear posibles reclamaciones: si la empresa quería reducir su jornada podía hacerlo unilateralmente, pero sabían que entonces, si la empleada acudía a los tribunales, le darían la razón.

La mujer ya advirtió en esa conversción que se había asesorado con un abogado. Desde la empresa le reiteraron que si no estaba conforme, “verían qué decisión tomaban”, recoge la sentencia.

Minutos después la empleada tuvo otra llamada con el responsable regional de recursos humanos de la franquicia, que se mantuvo en que o hacía el escrito o salía de la compañía. La trabajadora trató de negociar para que la disminución de horas no fuera tan acusada, pero la empresa se negó, dándole como única opción que se pensara si iba a redactar o no el escrito.

Querían que firmara de su puño y letra la petición para que no pudiera reclamar: admitieron que era práctica habitual en la franquicia

Al día siguiente la mujer reiteró su negativa y unos días más tarde recibió la carta de despido disciplinario imputándole un incumplimiento grave por disminución “continua y voluntaria” de su rendimiento. Poco después la franquicia publicaba una oferta de trabajo para su puesto, con la misma categoría pero con jornada de 20 horas.

Asesorada por el despacho DCT Laboralistas, la trabajadora impugnó el despido, y el Juzgado le ha dado la razón. El juez tacha de “inasumible” el contenido de la carta de despido y declara que se ha vulnerado su garantía de indemnidad, un principio que protege el derecho de los trabajadores a acudir a los tribunales en materia laboral. Es por la vulneración de ese derecho que la sentencia le reconoce la indemnización de 25.000 euros.

UNA REPRESALIA ANTICIPADA “NO MUY DISTINTA DEL CHANTAJE”

El juez pudo escuchar las conversaciones entre la empleada y sus superiores gracias a que la afectada las grabó y aportó al juicio. La empresa sostenía que se le había brindado una alternativa pero el Juzgado lo descarta por completo: las opciones de la empleada eran reducirse notablemente la jornada o ser despedida, posibilidades que en ambos casos le suponían un grave perjuicio.

“No hubo en ningún caso una igualdad o equilibrio a la hora de negociar la modificación de la jornada”, incide el juez, que califica el caso como “una suerte de represalia anticipada, no muy distinta del chantaje”: “La empresa, abiertamente, ya le anunciaba a la demandante que o accedía a lo que injustamente se le pedía o se iba a la calle”.

En este sentido, el Juzgado abunda en que “con buen criterio la trabajadora se asesoró y así se lo hizo saber a la empresa, que procedió a despedir a la misma una vez verificada su resistencia”, pudiendo augurar la empresa “sin dificultad alguna que la demandante se planteaba el ejercicio de futuras acciones judiciales”.

La sentencia también considera que la franquicia había abusado de la figura del contrato temporal de forma fraudulenta, cuando en realidad la trabajadora estaba cubriendo necesidades ordinarias de la operativa.

La sentencia no es firme; contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *