El plazo para solicitar las ayudas al alquiler en Calvià se abrió este pasado lunes, día 16 de diciembre, y permanecerá abierto hasta el próximo día 16 de enero del año 2025, incluido.
En una nota de prensa, el Ayuntamiento ha informado que las ayudas al alquiler de viviendas en Calvià 2024-2025 están dirigidas a personas mayores de 18 años o menores emancipadas que estén empadronadas en el municipio y tengan un contrato de alquiler válido según la Ley 29/1994, de arrendamientos urbanos.
Para optar a estas ayudas es necesario que la vivienda alquilada esté en el término municipal de Calvià, sea el domicilio habitual y permanente de la persona solicitante y de su unidad de convivencia, y que el alquiler no supere los 900 euros mensuales.
Además, las personas solicitantes deben estar al corriente del pago del alquiler en el momento de presentar la solicitud y tener nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Las personas extranjeras no comunitarias deben contar con residencia legal en España.
El plazo para presentar las solicitudes de las ayudas al alquiler de viviendas en el municipio de Calvià se abrió este lunes, 16 de diciembre y permanecerá abierto hasta el 16 de enero de 2025, incluido. Durante este periodo, las personas interesadas deberán entregar toda la documentación requerida dentro del plazo establecido para que su solicitud sea considerada.
Para ser beneficiario, los ingresos del ejercicio fiscal 2023 de la unidad de convivencia no deben superar ciertos límites: en el caso general, 1.800 euros mensuales de media o 25.200 euros anuales; en familias numerosas de categoría general o monoparentales, el límite es de 33.600 euros anuales; y para familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad –33 por ciento de discapacidad intelectual o del desarrollo, o 65 por ciento de discapacidad física–, el límite es de 42.000 euros anuales.
La documentación necesaria para optar a ser beneficiario incluye la solicitud de ayuda cumplimentada, el contrato de alquiler –si no ha sido presentado en convocatorias anteriores o si ha cambiado– y justificantes bancarios de los pagos de alquiler desde septiembre hasta diciembre de 2024 –o enero de 2025 si corresponde–. Los pagos deben haberse realizado mediante domiciliación o transferencia bancaria, indicando el pagador, receptor, mes, importe y fecha del pago. No se aceptarán justificantes incompletos ni pagos en efectivo.
El periodo subvencionable es del 1 de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2025 y la ayuda cubre hasta el 40 por ciento de la renta mensual, con un máximo de 900 euros. Estas ayudas no son compatibles con otras ayudas al alquiler de organismos públicos o privados, salvo en casos excepcionales aprobados por los servicios sociales del Ayuntamiento. Para más información, se pueden consultar las bases reguladoras publicadas en el BOIB nº 164, de 14 de diciembre de 2024.
El Ayuntamiento de Calvià ha puesto a disposición de la ciudadanía la posibilidad de realizar todos los trámites relacionados con las ayudas al alquiler de manera telemática. Este servicio está disponible todos los días de la semana, las 24 horas del día, a través de la Sede Electrónica.
Gracias a esta opción, los solicitantes de estas ayudas pueden presentar sus solicitudes y adjuntar la documentación requerida, sin necesidad de desplazarse físicamente. Este sistema garantiza una gestión más ágil y cómoda, adaptada a las necesidades de los ciudadanos. Para acceder al servicio, es necesario contar con un certificado digital o un sistema de identificación electrónica válido. La información detallada sobre el procedimiento está disponible en la web oficial del consistorio calvianer.
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