La Conselleria d’Agricultura, Pesca i Medi Natural realizó controles para verificar el cumplimiento del Decreto ley 1/2023. Las actuaciones se centraron en viveros y dieron lugar a actas por infracciones y expedientes sancionadores.
Controles para garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental
La Conselleria d’Agricultura, Pesca i Medi Natural llevó a cabo durante 2025 un total de 94 inspecciones en viveros con el objetivo de comprobar el cumplimiento del Decreto ley 1/2023, de 30 de enero. Esta normativa establece medidas extraordinarias y urgentes para la protección de la sargantana pitiüsa (Podarcis pityusensis) y la sargantana balear (Podarcis lilfordi), así como para la prevención y lucha contra especies de la familia Colubridae sensu lato.
Entre los meses de julio y septiembre, el Servei d’Agents de Medi Ambient del Govern desplegó una campaña específica de inspecciones, especialmente en viveros con mayor presencia de olivos. Como resultado del conjunto de actuaciones, se levantaron 21 actas por incumplimientos del decreto y se iniciaron cuatro expedientes sancionadores, con sanciones que pueden oscilar entre los 100 y los 2.000 euros.
Declaraciones institucionales sobre biodiversidad
El conseller Joan Simonet señaló que estas actuaciones muestran el compromiso del Govern con la defensa de la biodiversidad balear y con la lucha contra las especies invasoras, consideradas una de las principales amenazas para la fauna de las Illes Balears.
Por su parte, la directora general de Medi Natural i Gestió Forestal, Anna Torres, explicó que el decreto regula de forma estricta la importación de árboles ornamentales de gran porte, como olivos, algarrobos y encinas. Según indicó, el traslado de este tipo de árboles constituye una de las principales vías de entrada accidental de serpientes en las islas.
Condiciones para la importación y medidas preventivas
Torres detalló que la entrada de estos árboles solo está permitida por los puertos de las Illes Balears entre el 1 de abril y el 15 de junio y entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre. Fuera de estos periodos es necesaria una autorización excepcional de la Direcció General de Medi Natural i Gestió Forestal. En caso de detectarse importaciones fuera de plazo o sin autorización, los árboles no pueden salir del puerto y el importador debe decidir en un plazo de 48 horas si la mercancía se devuelve al origen o se destruye.
Asimismo, la directora general recordó que los viveros, establecimientos comerciales y particulares que comercialicen o almacenen árboles ornamentales de gran tamaño deben instalar trampas de captura de serpientes o sistemas equivalentes. Estas medidas deben mantenerse al menos entre el 1 de abril y el 30 de octubre, con una proporción mínima de una trampa por cada veinte árboles o cada 500 metros cuadrados de superficie.
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