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Este viernes entra en vigor la nueva regulación para los patinetes (VMP) en Palma

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Este viernes, 6 de noviembre, entra en vigor una modificación del decreto de regulaciones de usos de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) impulsada por el área de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Palma con el objetivo de “reforzar la visibilidad de estos elementos y establecer normas que redunden en una mayor seguridad vial tanto para los peatones como por los mismos conductoras de VMP o patinetes”, según detalla Cort en una nota.

El teniente de alcalde de Movilidad Sostenible, Francesc Dalmau, recuerda que los patinetes son “un aliado de la movilidad sostenible con unas normas de circulación que hay que ir actualizando”.

“Adaptamos la normativa con dos objetivos: reforzar la seguridad de los peatones y de los propios conductoras de patinete y para permitir que estos vehículos compartan espacio en aquellas calles que ahora han visto limitada su velocidad a 30 km / hora”, explica Dalmau.

Dalmau ha indicado que entre otros aspectos, este decreto se adapta a la nueva realidad que se ha establecido en Palma con la entrada en vigor de la medida Palma, Ciudad 30. Así, se estipula que los VMP pueden circular por las calzadas de las calles limitadas a velocidad iguales o inferiores a 30 km / h, y en las calles siempre sin superar los 25 km / hora y siempre en el sentido de circulación autorizadas.

Con el objetivo de reforzar la visibilidad de los VMP y mejorar la seguridad vial se establecen las siguientes obligaciones y recomendaciones:

• Será obligatorio circular con la luz encendida para mejorar la visualización por parte de otros usuarios de la vía.
• Será obligatorio llevar un chaleco o algún elemento reflectante rodeando el cuerpo y a una altura suficiente para poder ser visibles.
• Se recomienda llevar casco.
• Se recomienda disponer de un seguro de responsabilidad civil.
• Se prohíbe circular con un acompañante.

La actualización del decreto, que ayer jueves se publicó en el BOIB, también se ajusta mejor a la definición de VMP, según la Propuesta de la Dirección General de Tráfico (DGT). En este sentido, se consideran vmps aquellos vehículos de una rueda o más, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motoras eléctricos con una velocidad máxima por diseño de entre 6 y 25 km / h. Tienen que cumplir además la normativa estatal vigente.

Desde el pasado julio de 2019 Palma dispone de un decreto que regula las normas para circular con VMP en la ciudad y que prohíbe expresamente que circulen por aceras, plazas, parques, jardines y otros espacios públicos destinados en exclusiva a los peatones.

Además, el decreto vigente obliga a los VMP a disponer de timbre, sistema de frenado, luces y elementos reflectantes homologados para que se puedan detectar a una distancia de 150 metros y establece que la edad mínima para conducir un VMP es de 15 años.

Foto: Mallorca Informa.

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