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La Campaña de la Renta 2022 arranca el martes con la presentación de las declaraciones por Internet

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Hacienda, Agencia Tributaria, AEAT, declaración de la Renta, contribuyente, IRPF, impuestos, impuesto, funcionarios, funcionario - EUROPA PRESS - Archivo
Hacienda, Agencia Tributaria, AEAT, declaración de la Renta, contribuyente, IRPF, impuestos, impuesto, funcionarios, funcionario - EUROPA PRESS - Archivo
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La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2022 arrancará el próximo 11 de abril con la presentación de las declaraciones por internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria recogido por Europa Press.

La Campaña de la Renta de este año, que se corresponde con los ingresos obtenidos en 2022, se prolongará entre el 1 y el 30 de junio de manera ordinaria, pero previamente, desde el próximo 11 de abril se podrán presentar ya las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de internet, un medio que ya utilizan nueve de cada diez contribuyentes.

Asimismo, desde el próximo 5 de mayo y hasta el 30 de junio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono, y entre el 1 y el 30 de junio, coincidiendo con el periodo ordinario de la Campaña, los contribuyentes podrán presentar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria, el plazo concluye el 27 de junio.

La Agencia Tributaria ya ha habilitado la descarga de los datos fiscales y parte de los contenidos informativos de la próxima Campaña de Renta 2022, con el objetivo de adelantar las gestiones en las declaraciones.

NOVEDADES A TENER EN CUENTA

Entre las novedades de esta Campaña destaca que la aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF se reduce hasta 1.500 euros anuales.

Por el contrario, las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción suben a los 8.500 euros para 2022. Entre ambas, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.

En el caso de actividades económicas en estimación objetiva, se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 15% para el período impositivo 2022, medida aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo a este método.

Adicionalmente, para las actividades agrícolas y ganaderas, con la finalidad de compensar el incremento del coste de determinados insumos, el rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes, en ambos casos, necesarios para el desarrollo de dichas actividades.

Asimismo, también se van aplicar en el período impositivo 2022, los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.

Debido a las consecuencias de las erupciones volcánicas ocurridas en la isla de La Palma, los contribuyentes que desarrollen sus actividades económicas en esta isla podrán reducir su rendimiento neto de módulos en un 20%, reducción que se aplicará tanto en 2022 como en 2023.

EFECTO DE LOS CAMBIOS EN EL IRPF EN COMUNIDADES AUTÓNOMAS

También habrá de tenerse en cuenta, de cara a la presentación de la declaración, las modificaciones de las escalas del gravamen del IRPF aprobadas con efectos retroactivos para 2022 por algunas comunidades autónomas, con el objetivo de paliar la subida de precios registrada a lo largo del año.

Además, en esta Campaña la Agencia Tributaria ha habilitado una casilla dentro de la presentación del modelo de declaración para registrar las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión o permuta de monedas virtuales.

NUEVO APARTADO PARA DECLARAR LAS CRIPTOMONEDAS

En las modificaciones más destacables dentro de las ganancias y pérdidas patrimoniales, se recoge, asimismo, el desglose en tres subapartados del apartado denominado ‘Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales’.

Uno, para declarar las derivadas de la transmisión de inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles; otro para declarar las transmisiones o permutas de monedas virtuales y un apartado de carácter residual para ‘Otros elementos patrimoniales’.

Todo ello, según explica Hacienda, con la finalidad de facilitar la cumplimentación de estos apartados, ya que en modelos anteriores se debía cumplimentar un código para identificar el tipo de elemento patrimonial que se transmitía. Además, la separación en subapartados específicos, permite individualizar las casillas específicas de determinados elementos patrimoniales para el cálculo de la ganancia patrimonial.

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