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Desestimada una reclamación de 32.000 euros al Ayuntamiento de Llucmajor por una caída

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Ajuntament de Llucmajor.
Ajuntament de Llucmajor.
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El Consell Consultiu ha emitido un dictamen desestimando la reclamación de una mujer que pedía que el Ayuntamiento de Llucmajor la indemnizara con 32.000 euros por los daños ocasionados a raíz de una caída el primer día de su llegada a Mallorca para pasar una semana de vacaciones.

La reclamante consideraba que las lesiones que sufrió como consecuencia de una caída eran a causa de un desnivel en el baldosado de una calle de la localidad mallorquina y, por ello, inició la reclamación en noviembre de 2018 ante el Ayuntamiento, que puso en marcha el proceso de responsabilidad patrimonial y nombró un instructor.

Durante el procedimiento, el abogado de la reclamante presentó un escrito en el que fijaba la indemnización en 32.580 euros y aportó tres informes médicos, uno de urgencias del Hospital Son Llàtzer, otro de urgencias del Hospital Valle del Nalón y un último del servicio de rehabilitación del mismo hospital. También aportó un presupuesto elaborado por una clínica dental con el tratamiento llevado a cabo.

Informes municipales y policiales descartan responsabilidad directa

Igualmente, se incorporó al expediente un informe de la Policía Local que apuntaba que en los archivos no constaba ninguna información sobre la caída de una mujer ese día y, por parte de la Brigada de Mantenimiento, se informó sobre el estado de la acera.

En concreto, se afirmaba que esta presentaba desniveles a causa del crecimiento de los árboles con el riesgo de provocar accidentes, pero que la amplitud de más de seis metros daba opciones a evitar los peligros.

Así, según este informe, la acera “cumple con el estándar de seguridad de una vía con arbolado de dimensiones considerables”. “Si bien la acera presenta desniveles, estos son evitables gracias a la amplitud de la que consta”, concluye.

Posteriormente, el técnico de la administración general de la Secretaría del Consistorio de Llucmajor formuló una propuesta para desestimar la reclamación, considerando que el desnivel en el baldosado de la acera era “de muy pocos centímetros”.

El dictamen del Consell Consultiu rechaza la indemnización

Con todo, se considera que no hay relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y el daño sufrido por la caída, ya que el estado de la acera entra dentro de los estándares de conservación y mantenimiento y los desperfectos se pueden esquivar. Recuerda, además, que los peatones “tienen el deber de deambular con la debida atención”.

Asimismo, en enero de este año, desde el Ayuntamiento de Llucmajor se solicitó al Consell Consultiu la emisión de un dictamen preceptivo.

El dictamen recoge que muchas sentencias y dictámenes establecen elementos coincidentes en el reconocimiento de la responsabilidad de las administraciones públicas. Estos son, entre otros, que la lesión o el perjuicio sea real y efectivo y que sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

El Consell Consultiu apunta que los daños resultado de la caída han sido acreditados y que la Administración no los ha cuestionado. En cuanto a las consecuencias de la caída, señala que aunque la reclamante trasladó el nombre de la guía de la excursión no se propone ninguna prueba ni forma de localizarla y que la Policía Local no tiene información al respecto.

En este sentido, el informe afirma que no dispone de elementos que permitan deducir las circunstancias de la caída. Así, el dictamen concluye que no se han acreditado todos los requisitos para declarar la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento y, por ello, es procedente desestimar la reclamación.

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