Las familias de las Illes Balears pueden solicitar desde hoy el «Xec Cangur» para cubrir los gastos de la escuela matinera, con una cuantía de hasta 1.000 euros por menor. Se abre así el trámite del programa 2, destinado a subvencionar los costes asociados a servicios de atención, cuidado y custodia prestados en centros educativos o instalaciones vinculadas, incluidos centros de educación infantil y de educación especial durante el periodo escolar.
La ayuda podrá solicitarse hasta el 31 de julio y cubre los gastos de guarda antes del inicio de la jornada lectiva y después del comedor o de la jornada escolar. El importe máximo previsto en esta línea es de 1.000 euros por menor.
Campamentos y escuelas de vacaciones
En relación con los campamentos y escuelas de verano, las ayudas podrán solicitarse entre el 10 de septiembre y el 9 de octubre. Este programa 3 incluye los costes de campamentos y escuelas de verano, Pascua y Navidad, así como otros servicios de atención y cuidado, tanto públicos como privados, en el ámbito de las Illes Balears.
El importe máximo conjunto para la escuela matinera y las actividades de los periodos vacacionales es de 1.000 euros por menor, cantidad que puede distribuirse entre las acciones subvencionables de ambos programas.
Subvención para contratación de cuidadores
El programa 1 mantiene la subvención destinada a cubrir los costes salariales y las cotizaciones a la Seguridad Social derivados de la contratación de una persona trabajadora del hogar para el cuidado de menores. Cada familia podrá recibir hasta un máximo de 4.000 euros por este concepto.
En este caso, el plazo de solicitud estará abierto entre el 1 y el 31 de octubre de 2026. Los tres programas son compatibles entre sí, por lo que se pueden presentar solicitudes para todos ellos.
Requisitos y procedimiento
Para acceder a las ayudas es necesario acreditar el empadronamiento y la residencia en las Illes Balears durante el periodo subvencionable, justificar la actividad laboral por cuenta propia o ajena que motive la necesidad de conciliación y contar con una renta per cápita familiar inferior a 30.000 euros anuales. También se exige estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como conservar la documentación justificativa durante cinco años.
No podrán ser beneficiarias las personas que incurran en alguna de las prohibiciones para obtener subvenciones o que tengan obligaciones pendientes con la Administración. Las ayudas se conceden por orden de entrada de las solicitudes completas hasta agotar el crédito disponible, y cada solicitud se tramita de forma independiente.
La documentación requerida incluye la solicitud y declaraciones responsables, certificado de titularidad bancaria, libro de familia o documento equivalente y, en su caso, acreditación de familia monoparental, numerosa, tutela o acogimiento, así como formulario de representación.
La información detallada sobre la convocatoria está disponible en la web de la Direcció General de Conciliació i d’Igualtat en l’Àmbit Laboral.
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