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Cort restringe el horario de los artistas callejeros en la Plaza Mayor y les prohíbe ejercer en Santa Catalina y Es Jonquet

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El concejal de Participación ciudadana y Gobierno Interior del Ayuntamiento de Palma, Alberto Jarabo , la directora general de Participación ciudadana, Claudia Costa y el director general de Gobierno Interior, Marcos Cañavate , han presentación este lunes la simplificación del decreto de Instrucción para la realización de actividades artísticas en la vía pública.

Jarabo ha explicado que el objetivo es “simplificar el contenido del decreto que regula la realización de las actividades artísticas en la vía pública para que su aplicación sea más sencilla”. “La actividad de los artistas de calle tiene que estar regulada; creemos que es una expresión cultural de nuestra ciudad y que, como toda actividad se tiene que dignificar, valorar y regir por una conducta que aporte valor a Palma. Esto exige respetar la convivencia con los vecindarios”, ha dicho.

El nuevo texto recoge aportaciones vecinales, incorpora condiciones ambientales y determina, además, tramos y horarios específicos para cada actividad.

El objetivo del Consistorio ha sido buscar fórmulas para garantizar una buena convivencia entre las actividades artísticas y los vecinos de Palma.

• Áreas delimitadas como de uso terciario, que se encuentran en el distrito Playa de Palma y Pla de Sant Jordi. En los espacios con estas consideraciones estará permitida la acústica con amplificador, por lo tanto podrán actuar músicos y espectáculos de circo con el siguiente horario: de 11 a 14:40 y de 17 a 23:40 h. En cuanto a los pintores y las estatuas, podrán ejercer de 10 a 23:40.

• Áreas de uso residencial, distrito centro, distrito Playa de Palma y Pla de Sant Jordi. En estos espacios los artistas podrán actuar sin amplificador y con un horario restringido: de 11 a 14:40 y de 17 a 21:40. También se prevén ubicaciones con horario reducido, entre las que se incorpora (a petición vecinal) la Plaza Mayor. En cuanto a los pintores y las estatuas, el horario permitido en estos espacios será de 10 a 21:40 h.

Se mantiene la prohibición de realizar actividades en las zonas ZAP y ZPAE . Una de las novedades es que se amplían la prohibiciones en las barriadas de Santa Catalina y Es Jonquet,  que aunque no tengan esta consideración sí disponen de un plan de usos que permite ampliar su protección.

La modificación del decreto incorpora condiciones medioambientales para mejor la convivencia, algunas de ellas aportadas por las entidades vecinales, como por ejemplo la bajada de la potencia máxima de los amplificadores a los 20 watios , la limitación de un solo percusionista por agrupación, la limitación a 30 minutos de las actuaciones en la calle o la prohibición de que pintores, caricaturistas y estatuas acompañen su actividad con música.

En cuanto a las bandas de música cambia la consideración, de forma que los solistas y los dúos puedan actuar por todas las áreas, mientras que los grupos de artistas integrados por tres, cinco o más miembros tendrán la consideración de “banda” y solo podrán hacerlo en seis ubicaciones.

Licencias

Una vez el decreto se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, se prevé que en el mes de septiembre se pueda abrir el periodo de solicitud de licencias anuales.

En cuanto a las licencias para la temporada de verano se podrán solicitar del 1 al 20 de Abril (alcanza en los meses comprendidos entre mayo y septiembre, ambos incluidos) las licencias para la realización de actividades artísticas en la calle están sujetas a la aplicación de las tasas previstas en las Ordenanzas Fiscales y de Precios Públicos.

El documento contempla que tendrán consideración de artistas de calle los pintores y caricaturistas, músicos, cantantes, bailarines, titiriteros, payasos, acróbatas, malabaristas, y esculturas humanas.

 

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