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Covid-19: Los entrenamientos deportivos deberán realizarse sin actividades que supongan contacto físico

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La conselleria de Asuntos Sociales y Deportes del Govern de las Islas Baleares ha informado este lunes de las modificaciones que estarán vigentes en los protocolos de entrenamientos durante, al menos, los próximos quince días.

El BOIB publicará este martes una resolución de la consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, por la que se modifican medidas concretas del Plan de medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una Nueva Normalidad, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares de 19 de junio de 2020.

A consecuencia de la situación epidemiológica y sanitaria y en el marco de la resolución mencionada, este martes el BOIB publicará las medidas que afectan al sector deportivo:

Entrenamientos deportivos

Los entrenamientos deportivos de deportes de equipo y de contacto vinculados a las federaciones deportivas de las Islas Baleares, así como los entrenamientos de deportes de equipo y de contacto no federado, se pueden realizar con las siguientes condiciones:

– Se pueden practicar los deportes de equipo de campo siempre que se lleven a cabo en grupos de entrenamiento de como máximo 30 personas, manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros y evitando, en todo caso, situaciones en las que se produzca contacto físico. Además, no se puede superar el 75% de la capacidad permitida para el espacio deportivo

– Se pueden practicar los deportes de equipo de pistas siempre que se lleven a cabo en grupos de entrenamiento de como máximo 20 personas, manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros y evitando, en todo caso, situaciones en las que se produzca contacto físico. Además, no se puede superar el 75% de la capacidad permitida para el espacio deportivo

– También se pueden practicar los deportes de contacto siempre que se lleven a cabo en grupos de entrenamiento de como máximo 10 personas, manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros y evitando, en todo caso, situaciones en las que se produzca contacto físico. Además, no se puede superar el 75% de la capacidad permitida para el espacio deportivo

La prohibición del contacto físico en los entrenamientos deportivos se establece para una vigencia inicial de quince días a partir de la publicación de la resolución mencionada.

Protocolos

Respecto a los protocolos de entrenamientos deportivos, la conselleria de Asuntos Sociales y Deportes quiere recordar que, como recoge el acuerdo del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares de 19 de junio de 2020: “El titular de la instalación o centro deportivo debe disponer y actuar de acuerdo con un protocolo propio que contemple las normas básicas de prevención e higiene, así como medidas de limitación de acceso, de capacidad, de organización interna y de protección de los usuarios, y personal de la instalación sobre la base de las medidas dictadas por las autoridades sanitarias “.

Competiciones deportivas

Tal y como informó la Conselleria de Asuntos Sociales y Deportes, las federaciones deportivas de las Islas Baleares de deportes de equipo y de deportes de contacto, así como los organizadores de actividades deportivas no federadas de deportes de equipo y de deportes de contacto, deberán comenzar las competiciones deportivas a partir de día 1 de octubre de 2020, siempre que las condiciones lo permitan.

Además, deberán remitir a la consejería de Asuntos Sociales y Deportes, para su aprobación, un protocolo de actuación vinculante para todas las entidades participantes en estas competiciones, donde se establezcan las medidas específicas de protección de la salud de todas las personas implicadas, y que deberán estar de acuerdo con los criterios establecidos por las autoridades sanitarias.

Excepcionalmente, las federaciones deportivas de deportes de equipo y de contacto pueden solicitar de manera justificada, y siempre que las condiciones lo permitan, autorización a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes para la celebración de una competición deportiva antes de día 1 de octubre de 2020.

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