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Absueltos la viuda de Javier Cabotá y un colaborador de desviar fondos de negocios inmobiliarios en Cancún

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13/05/2024 Los acusados por el presunto desvío de fondos de empresas de Cancún, sentados en el juicio, del que ambos han quedado absueltos. POLITICA ESPAÑA EUROPA ISLAS BALEARES AUTONOMÍAS
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La Audiencia Provincial de Baleares ha absuelto a la viuda del empresario Javier Cabotá y a un colaborador del desvío de 1,6 millones de euros de negocios inmobiliarios de Cancún que les imputaban la Fiscalía y un grupo de cuatro sociedades de Maioris.

Las acusaciones les atribuían delitos de apropiación indebida y administración desleal. Cabotá, fallecido el pasado diciembre, también figuraba como acusado en la investigación que se originó en 2013 con una querella de las empresas, en relación a unos hechos entre 2006 y 2012.

Las denunciantes eran cuatro empresas creadas para el desarrollo de proyectos urbanísticos en Cancún, con notables inversores del sector financiero y turístico. El papel de estas empresas era únicamente la tenencia de la totalidad o parte del capital social –actuar como ‘caja’– de las filiales espejo en México.

La viuda de Cabotá estaba acusada como apoderada de varias de las entidades, junto a una persona de confianza de Cabotá que figuraba como administrador único. Intervinieron en su defensa los abogados Eduardo Valdivia y Llorenç Salvà.

La Fiscalía sostenía que los acusados habían creado una operativa para traspasar fondos de las empresas a otras del Grupo Cabotá, en movimientos sin ninguna justificación o mediante dobles facturaciones, tesis que no ha acogido la Audiencia.

En primer lugar, el Tribunal considera que no ha quedado acreditado que estas dos personas “tuvieran verdaderas facultades decisorias en el ámbito societario”, ni “capacidad para dar órdenes, instrucciones y directrices respecto de las operaciones a realizar, pagos, transferencias y emisión de facturas”.

“Se limitaban a cumplir las instrucciones dadas por quien de facto dirigía la sociedad”, declara la sentencia, que destaca que todos los testigos coincidieron en que la persona que “asumía verdaderas funciones de administrador” era Javier Cabotá.

“Consideramos que los acusados no eran sino meros testaferros u ‘hombres de paja’ que se limitaban a ejecutar las decisiones que otra persona tomaba de acuerdo con su propio criterio decisorio”, sentencian los magistrados.

Durante el juicio, la mujer recalcó que sólo se dedicaba “al tema comercial, a la venta de los pisos” y que todo lo que firmó fue por instrucción de su marido porque era su “jefe”.

Por su parte, el hombre señalado como mano derecha de Cabotá, de 85 años, señaló que su nombramiento como administrador fue meramente “representativo” ya que ya estaba jubilado; y que simplemente se limitaba a “esperar a que Cabotá le llamara para firmar”.

Además, el Tribunal tampoco da por acreditado que las transferencias “obedecieran a alguna operación mercantil o comercial injustificada”, que se hicieran por “servicios no prestados”, ni con el exclusivo objetivo” de vaciar las cuentas de las empresas querellantes.

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