Un total de 4.744 contribuyentes han recibido el pago anticipado de la deducción autonómica por nacimiento desde noviembre de 2024.
La solicitud debe presentarse en un plazo de quince días hábiles desde el nacimiento.
Más de 4.700 familias se benefician del abono anticipado de la deducción
El Govern de les Illes Balears ha abonado de manera anticipada la deducción autonómica por nacimiento a 4.744 contribuyentes, con un importe global de 2.182.590,52 euros, desde la puesta en marcha de esta medida a finales de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2026.
Durante 2024 se beneficiaron 766 contribuyentes, que recibieron un total de 335.972,64 euros. En 2025, el número de perceptores ascendió a 3.422, con un importe de 1.599.167,88 euros. Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026, la ayuda ha llegado a 556 contribuyentes, con 247.450 euros abonados de forma anticipada.
Esta deducción autonómica puede percibirse de manera anticipada sin tener que esperar a la declaración del IRPF y está dirigida a las familias que han tenido hijos, con el objetivo de proporcionar apoyo económico inmediato en los primeros meses de crianza.
Solicitud y tramitación
El vicepresidente primero y conseller de Economía, Hacienda e Innovación, Antoni Costa, ha señalado que la medida permite que las familias reciban las ayudas de forma rápida y directa cuando más lo necesitan.
El pago anticipado de la deducción por nacimiento se hizo efectivo el 1 de noviembre de 2024, tras recibir el visto bueno del Consell Assessor Fiscal y del Consell Consultiu de les Illes Balears.
La solicitud debe formularse en el plazo de quince días hábiles desde el nacimiento. La presentación fuera de este plazo supone la denegación automática de la solicitud, sin perjuicio del derecho a aplicar la deducción en la correspondiente declaración del impuesto.
Mejoras en los límites de renta
La deducción por nacimiento fue modificada con la aprobación de la Llei 7/2024, de 11 de diciembre, de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears. La norma elevó los umbrales de renta para beneficiarse de la deducción hasta los 52.800 euros en tributación individual y 84.480 euros en tributación conjunta.
En caso de superar estos límites, el contribuyente puede aplicar el 50% de la deducción, que asciende a 800 euros por el primer hijo, 1.000 euros por el segundo, 1.200 euros por el tercero y 1.400 euros por el cuarto y siguientes.
Toda la información sobre esta deducción puede consultarse en el portal web de la Agència Tributària de les Illes Balears.
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