El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes el Real Decreto-ley con el que se adapta el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, a la sentencia del Tribunal Constitucional.
Dos opciones para determinar la cuota tributaria
Este establece dos opciones para determinar la cuota tributaria que el contribuyente podrá elegir para aplicarse la más beneficiosa.
En concreto, los ciudadanos podrán optar por calcular el importe por el resultado objetivo de multiplicar el valor catastral por unos nuevos coeficientes que dictarán los ayuntamientos y que tendrán en cuenta la realidad inmobiliaria.
La otra opción supondrá decantarse por el cálculo a través de una ganancia real, con la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición.
Los contribuyentes que no obtengan una ganancia por la venta de un inmueble estarán exentos de pagar el impuesto
En caso de que el contribuyente no obtenga una ganancia patrimonial por la venta de la vivienda, quedará exento de pagar este impuesto, según ha explicado la portavoz. El interesado en acreditar la inexistencia de incremento de valor deberá declarar la transmisión, así como aportar los títulos que documenten la transmisión y la adquisición.
Inconstitucional
El objetivo de esta reforma es adecuar el impuesto a la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional, en la que declara inconstitucionales determinados artículos de este impuesto que, en la práctica, supone la nulidad del mismo al rechazar el sistema de cálculo de las plusvalías.
En concreto, la sentencia indica que el método de cálculo de la base imponible conduce a un resultado que se aleja “notablemente” de los valores reales de los inmuebles en el mercado inmobiliario.
Foto: Europa Press.
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